martes, octubre 17, 2006

Se acepta el recurso de revisión de Proceso sobre el conteo ciudadano

daniel lizárraga

México, D.F., 16 de octubre (apro).- El magistrado federal Julio Hernández Fonseca estudiará el recurso de revisión formulado por la revista Proceso contra la juez María Guadalupe Rivera González, quien inicialmente rechazó el amparo mediante el cual se pretende garantizar el derecho de acceso a la información pública.

Con el número de expediente RA 431/2006-5965, este magistrado debe proponer a sus dos colegas del Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito dos alternativas: ordenar a la juez admitir la demanda de amparo de este semanario o, en su caso, confirmar la negativa a darle trámite.

De igual manera, este Tribunal ubicado en la Ciudad de México --por propuesta del magistrado Julio Hernández-- decidirá si turna o no, la petición de Proceso para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atraiga de inmediato el caso, ya que está de por medio una violación a una garantía constitucional: el derecho a la información. Rivera González negó el amparo bajo el argumento de que se trata de un tema de índole electoral y, por lo tanto, que carecía de facultades para hacerlo.

Desde el pasado jueves 5 de octubre, Proceso presentó un recurso de revisión contra la referida juez con el fin de garantizar el acceso a las más de 42 millones de boletas utilizadas en la elección presidencial.

En este expediente –-ahora en trámite-- se pide a los ministros de la Corte analizar con detenimiento el caso, ya que la juez desechó la demanda de amparo, sin haberse percatado que el propósito de Proceso es proteger el derecho de acceso a la información ciudadana.

Ante la posibilidad de que e IFE destruya las boletas, en el documento de 42 páginas, se apela a la facultad de atracción de casos importantes que tienen cualquiera de los 11 ministros para que esa acción se postergue hasta que sea resueltas las solicitudes de acceso a la información pública.

Este recurso de revisión será estudiado en el Primer Tribunal Colegiado de Circuito. La decisión debe tomarse por mayoría de votos -–son tres magistrados-- y no existe fecha límite

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