No es ilegal abrir paquetes electorales y hacer un nuevo conteo de votos. Por el contrario, la ley lo autoriza cuando el propósito es esclarecer el resultado de la casilla. El Tribunal también lo ha hecho.
Sí, en efecto, se trata de un procedimiento especial, mas la situación del país también lo es. La pequeña diferencia entre los dos principales contendientes aconsejaba ayer y aconseja hoy que el principio de certeza se aplique de manera exhaustiva, el cual a su vez es otro principio jurídico.
Los errores o alteraciones en los resultados, que en ocasiones normales no afectan mucho el cómputo, ahora pudieron haber inclinado una balanza que se encuentra casi equilibrada. Para resolver situaciones como ésta existe el criterio de la autoridad, la cual está dotada de los poderes necesarios para garantizar la certeza de todo el procedimiento.
Lo que se busca, ante todo, es comprobar el sentido exacto de la votación: la voluntad de los electores. Es repudiable, por tanto, decir que verificar el sentido de los votos sea una ofensa contra los votantes.
Ya que el IFE se mantuvo en su actitud parcial, ahora toca al Tribunal Electoral desfacer los entuertos. Más aún cuando la diferencia en el conteo de los votos se ha comportado como la matrioska rusa, que cada vez que se abre aparece otra más pequeña. El PREP fue un fracaso por primera vez desde que el IFE se hizo independiente, ya que fue manipulado. Las más de 11 mil casillas que no entraron al conteo preliminar, en su conjunto daban más votos a AMLO que a Calderón.
No es cierto que abrir los paquetes sea causal de nulidad, como ha dicho el PAN: lean el código, señores. La anulación de una elección en Tabasco no se produjo por la tal apertura sino por muchas causas que afectaron el principio de equidad. Uno de los muchos argumentos judiciales fue que la apertura de los paquetes había sido ordenada por el entonces gobernador, un tal Roberto Madrazo, pero nada más.
Acudir al Tribunal Electoral no es sólo un derecho sino parte del sistema electoral marcado en la Constitución. El IFE no valida ni califica la elección sino que se encuentra sujeto a la autoridad jurisdiccional. Apegarse a la ley es acudir al Tribunal, por lo que tal actitud no debe ser vista como algo irregular.
Recordemos, por último, una anécdota: cuando Fox era candidato —bajo un IFE equilibrado y la misma ley de ahora—anunció que no reconocería su derrota si no había más de ocho puntos porcentuales de diferencia. Hoy, el IFE es francamente intransigente y parcial, además de que la diferencia no llega a las ocho décimas de punto porcentual. ¿Entonces qué, señores del PAN?
Sí, en efecto, se trata de un procedimiento especial, mas la situación del país también lo es. La pequeña diferencia entre los dos principales contendientes aconsejaba ayer y aconseja hoy que el principio de certeza se aplique de manera exhaustiva, el cual a su vez es otro principio jurídico.
Los errores o alteraciones en los resultados, que en ocasiones normales no afectan mucho el cómputo, ahora pudieron haber inclinado una balanza que se encuentra casi equilibrada. Para resolver situaciones como ésta existe el criterio de la autoridad, la cual está dotada de los poderes necesarios para garantizar la certeza de todo el procedimiento.
Lo que se busca, ante todo, es comprobar el sentido exacto de la votación: la voluntad de los electores. Es repudiable, por tanto, decir que verificar el sentido de los votos sea una ofensa contra los votantes.
Ya que el IFE se mantuvo en su actitud parcial, ahora toca al Tribunal Electoral desfacer los entuertos. Más aún cuando la diferencia en el conteo de los votos se ha comportado como la matrioska rusa, que cada vez que se abre aparece otra más pequeña. El PREP fue un fracaso por primera vez desde que el IFE se hizo independiente, ya que fue manipulado. Las más de 11 mil casillas que no entraron al conteo preliminar, en su conjunto daban más votos a AMLO que a Calderón.
No es cierto que abrir los paquetes sea causal de nulidad, como ha dicho el PAN: lean el código, señores. La anulación de una elección en Tabasco no se produjo por la tal apertura sino por muchas causas que afectaron el principio de equidad. Uno de los muchos argumentos judiciales fue que la apertura de los paquetes había sido ordenada por el entonces gobernador, un tal Roberto Madrazo, pero nada más.
Acudir al Tribunal Electoral no es sólo un derecho sino parte del sistema electoral marcado en la Constitución. El IFE no valida ni califica la elección sino que se encuentra sujeto a la autoridad jurisdiccional. Apegarse a la ley es acudir al Tribunal, por lo que tal actitud no debe ser vista como algo irregular.
Recordemos, por último, una anécdota: cuando Fox era candidato —bajo un IFE equilibrado y la misma ley de ahora—anunció que no reconocería su derrota si no había más de ocho puntos porcentuales de diferencia. Hoy, el IFE es francamente intransigente y parcial, además de que la diferencia no llega a las ocho décimas de punto porcentual. ¿Entonces qué, señores del PAN?
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